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Mensaje por Hugo Cabrera Lun 17 Ago - 20:26

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1) Definir la forma jurídica: En primer lugar tenemos que tener en cuenta el número de personas que integrarán la sociedad. Podemos entonces distinguir la empresa unipersonal (compuesta por una sola persona) que ejerce una profesión, un oficio o una industria. Bajo esa persona se nucleará el resto de los agentes que intervienen en la empresa (proveedores, empleados, asociados). Si estamos hablando de dos o más personas (socios) entonces estamos frente a lo que comúnmente se llama las sociedades comerciales. Ahí aparecen las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada, las asociaciones y las cooperativas. En el artículo “definiendo la figura social” les detallaré las diferencias entre
cada una de ellas.

2) Definir si la empresa tendrá como objetivo “fines de lucro” o “sin fines de lucro”: De esta manera, podremos hacer una diferencia entre una sociedad de responsabilidad limitada o una cooperativa. En el primero de los casos, al finalizar cada ejercicio económico los socios reparten los dividendos, si es sin fines de lucro, los socios fundadores no pueden retirar capital de la organización. Esta decisión impactará en la constitución de la sociedad y los trámites posteriores de alta o solicitud de exenciones de impuestos. Recordá siempre asesorarte con un profesional abogado especialista en sociedades para definir la forma y el fin o no de lucro, y con un contador para el alta de los impuestos.

3) Organizarnos internamente: realizar una organización interna de cómo nos relacionaremos y que tipo de contratación es la mas adecuada para los empleados, proveedores, asociaciones o alianzas comerciales, representaciones y otros. Es muy importante que los socios se asesoren sobre las consecuencias legales y patrimoniales de cada relación contractual antes de firmar contratos. A veces para evitar costos, no se asesoran a tiempo y es mejor solicitar una opinión técnica preventiva que los costos que acarrean los reclamos judiciales.

4) Relevar y solicitar todas las autorizaciones y habilitaciones que debemos solicitar antes de la apertura y comienzo de actividades: además del alta de impuestos (nacionales y locales) que debemos cumplimentar antes de la apertura, también es importante la solicitud de  habilitación para funcionar que es obligatoria en los comercios y locales en donde se ejerce alguna actividad lucrativa, la contratación de seguros de responsabilidad civil por las personas que circulen por el espacio comercial u oficinas de la empresa, las autorizaciones a entidades de control estatal, en el caso de industrias, elaboraciones de productos farmacéuticos, alimenticios, por mencionar algunos ejemplos.

5) Realizar el registro de marcas, patentes, dominios de internet, y toda otra aplicación de la imagen corporativa o del logo en derechos de autor (en el artículo “cómo cuidar la propiedad intelectual de mi empresa” les explicaré en más detalle).

Una vez que todo esto se encuentra “en orden” podemos comenzar nuestras actividades empresariales, con la tranquilidad de que desde el inicio hemos analizado todos los riesgos posibles y tomamos las medidas necesarias para prevenir cualquier conflicto legal
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